Descripción
– Decreto Nº 7671/2011, Por el cual se dispone la publicación de la enmienda contitucional Nº 1, del artículo 120 de la Constitucion Nacional
La Constitución de la República del Paraguay se promulga el 20 de junio de 1992, en reafirmación de su independencia nacional y sobre las bases de un Estado Social de Derecho en que la democracia representativa, participativa y pluralista constituye su forma de gobierno.
El articulado de la Ley Fundamental está compuesto por 291 artículos y 20 disposiciones finales y transitorias. La parte dogmática (de las declaraciones fundamentales, de los derechos, de los deberes y de las garantías) abarca de los artículos 1 a 136, y la parte orgánica (del ordenamiento político de la República de los artículos 137 a 291.
En el año 2011, el Poder Legislativo en conjunto con el Poder Ejecutivo, previo referéndum, aprueban la primera enmienda del texto constitucional: la disposición del Art. 120 (de los electores), que habilita el derecho a sufragio positivo de los paraguayos residentes en el extranjero.
Para más información consultar la obra «CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY – REFERENCIADA», de nuestro sello editorial Intercontinental, del doctor HORACIO ANTONIO PETTIT.