Descripción
En nuestro ordenamiento constitucional, art. 3ro., el Poder Judicial es uno de los organos publicos destinados a ejercer el Gobierno.
Como tal, le compete la custodia, interpretacion y cumplimiento de la Constitucion, asi como la administracion de justicia, lo que implica la exclusividad de ejercer la funcion jurisdiccional de conocer y decidir en los actos de caracter contencioso. Ante estas disposiciones, la misma Carta Magna se encarfa de establecer su composicion con la Corte Suprema de Justicia, los tribunales y los juzgados, los que seran correspondientemente regulados por la ley reglamentaria que el Congreso Nacional apruebe para el efecto.